martes, 27 de abril de 2010

La quiebra: la última decisión a tomar



La quiebra: la última decisión a tomar

La última opción que debe tomarse en una empresa, es declararse en quiebra, ya que después de iniciar su proceso de liquidación es también el inicio de la muerte legal de la compañía. La quiebra en el sentido legal se presenta cuando la empresa no puede pagar sus cuentas o cuando sus obligaciones sobrepasan el valor justo de sus activos. En cualquiera de estas situaciones una empresa puede ser declarada legalmente quebrada. Auque los procedimientos de quiebra no ocasionan necesariamente la liquidación, hay un cierto estigma relacionado con empresas que se hayan reorganizado por medio de procedimientos de quiebra. Generalmente son preferibles los arreglos voluntarios que permitan que la empresa continúe en existencia.

Vigilancia permanente

El custodio de bienes protege los intereses de los acreedores durante el periodo de litigio.

TIPOS DE QUIEBRA
Hay dos tipos principales de quiebra: voluntaria e involuntaria.

Voluntaria
En cualquier institución que no sea una municipal o financiera puede iniciar a nombre propio una petición de quiebra. La insolvencia no es necesaria para iniciar formalmente la quiebra voluntaria, ni la compañía tiene que haber incurrido en uno de los actos legales de quiebra.

Involuntaria
La quiebra involuntaria la inicia un extraño, usualmente un acreedor. Se puede iniciar una petición de quiebra involuntaria contra una empresa si se cumple una de las condiciones siguientes:
La empresa tiene deudas vencidas por un valor que supera sus capacidades de pago y responsabilidad con terceros.
Acreedores que puedan probar que tienen reclamaciones sin pagar agregadas contra la empresa .
La empresa ha incurrido en un acto de quiebra dentro de los cuatro meses anteriores a la iniciación de la petición de quiebra.

LIQUIDACIÓN EN LA QUIEBRA
Una compañía que legalmente haya sido declarada en quiebra, voluntaria o involuntariamente, incurriendo en uno de los actos de quiebra, puede que se liquide. La liquidación de una empresa quebrada ocurre usualmente una vez que los tribunales hayan determinado que la reorganización no es viable.
Normalmente los acreedores o administradores de la empresa quebrada deben presentar una petición de reorganización. Si no se presenta una petición de reorganización, si se presenta y se niega una petición o si se niega el plan de reorganización, la empresa debe liquidarse.
En este caso se deben tener en cuenta los siguientes frente a la liquidación de la empresa cuando esta entra en un proceso de quiebra como lo son los aspectos de ley, la prioridad de las reclamaciones y el descargo de la empresa.
Generalmente los acreedores tratan de evitar, de ser posible, el forzar la empresa a la quiebra si parece que esta tiene oportunidades futuras de éxito.
Al distribuir los fondos de liquidación el sindico debe mantener la prioridad de las reclamaciones que se especifican en la ley de quiebras. El orden de prioridades es el siguiente:

Los gastos de administración de los bienes en la quiebra
los salarios que hayan devengado los trabajadores, durante de tres meses inmediatamente anterior a la iniciación de los procedimientos de la quiebra.
Los impuestos a cargo de la empresa quebrada que se deban legalmente al gobierno o a cualquier otra subdivisión gubernamental.
Las deudas por servicios recibidos dentro de los tres meses anteriores a la fecha se la quiebra. Los pagos de arrendamiento se incluyen en esta categoría.
Las reclamaciones de acreedores garantizados que reciben el producto líquido de la venta de los activos.
Si el producto de estos en la liquidación es insuficiente para satisfacer las reclamaciones garantizadas, los acreedores garantizados se convierten en acreedores generalmente de la suma sin pagar.
Reclamaciones de acreedores generales y subordinados. Las reclamaciones de acreedores no garantizados o generales, las reclamaciones sin satisfacer de acreedores garantizados y las reclamaciones de acreedores subordinado reciben igual tratamiento en su totalidad.
Los acreedores subordinados deben pagar las sumas necesarias (si es el caso) a los acreedores prioritarios.
Los accionistas preferentes que reciben una suma igual al valor a la par o valor asignado de las acciones preferentes.
Los accionistas comunes que reciben cualquier remanente de fondos, los cuales se distribuyen con base en una igualdad por acción. Si se ha clasificado el capital de acciones comunes pueden existir prioridades.
Por esta lista se puede ver que las reclamaciones de los tenedores de ciertas obligaciones tienen mayor prioridad que las reclamaciones de los acreedores garantizados.
Se pagan los primeros los gastos de administración de los procedimientos de quiebra, salarios, impuestos y honorarios por servicios recientes.
En seguida los acreedores garantizados reciben el valor liquidado de participación.
En seguida se satisfacen las reclamaciones de acreedores generales y subordinados, que incluyen las reclamaciones de accionista preferentes y comunes.
Descargo de la empresa
Después que el síndico haya liquidado todos los activos, distribuido el producto líquido para satisfacer todas las reclamaciones comprobables en el orden adecuado de prioridades y hecho una contabilidad final, puede ser solicitado el descargo de la empresa quebrada.
Esto significa que el tribunal libera a al empresa de todas las deudas comprobables en la quiebra con excepción de las que la ley estipule como de responsabilidad del ente frente a terceros.



Autor: Giovanny E. Gómez
GESTIÓN FINANCIERA
http://www.gestiopolis.com/

No hay comentarios:

Publicar un comentario